Se resuelve establecer nuevas fechas de vencimiento para la Presentación de anexos y declaraciones de impuestos para las personas naturales y sucesiones indivisas pertenecientes al Régimen General con vencimiento en marzo del 2023 según el noveno dígito del RUC o cédula de identidad del sujeto pasivo.

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Los sujetos pasivos pertenecientes al RIMPE, cuyo noveno dígito del RUC sea 1, 2, 5, 8 y 9, podrán declarar y/o pagar el Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2022, de acuerdo al siguiente calendario, sin que se generen multas e intereses; así mismo, podrán presentar las declaraciones y anexos por otras obligaciones cuyo vencimiento sea también en marzo de 2023, sin que se generen multas e intereses, en las mismas fecha.

RESOLUCIÓN No. NAC-DGERCGC23-00000008

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