Se resuelve normar la entrega de información a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) de los sujetos obligados del sector de comercialización de vehículos que incluye maquinaria especializada. Son sujetos obligados conforme lo establece esta resolución, los que se dediquen a comercializar habitualmente lo siguiente:

Los reportes que deben entregar a la UAFE son los siguientes:
a)Reporte de operaciones individuales cuya cuantía sea igual o mayor a $10.000, o lo equivalente en otra moneda, así como las operaciones múltiples que en conjunto superen o igualen dicho valor, cuando se realicen en beneficio de una misma persona y dentro de 30 días. Este reporte debe ser remitido dentro de los 15 días posteriores al fin de cada mes.
b)Reporte de Operaciones sospechosas (ROS); tratándose de:
§Personas jurídicas: 4 días contados a partir de que el comité de cumplimiento tenga conocimiento de esas transacciones.
§Personas naturales: 4 días contados a partir de que el sujeto obligado tenga conocimiento de tales operaciones. Se debe adjuntar todos los sustentos del caso.
c)Reporte de operaciones propias, nacionales e internaciones cuya cuantía sea mayor o igual a $10.000, dentro de los quince días posteriores al fin de cada mes.
*En caso de no existir operaciones que igualen o superen el umbral legal, se deben registrar en el SISLAFT (Sistema para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo), dentro de los quince días posteriores.
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